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Boletín de noticias 12 de abril de 2012
EL TIEMPO
REFORMA DE LA JUSTICIA DICE QUE CONTRALORÍA ES JUEZ FISCAL DE AFORADOS
No obstante, en el Gobierno hay preocupación porque ese tema podría viciar la iniciativa.
Controversia desató el miércoles el parágrafo incluido en la ponencia de la reforma de la justicia que especifica que la Contraloría es la que debe investigar fiscalmente a los aforados constitucionales, con excepción del Presidente, el Vicepresidente y los magistrados de la Corte Constitucional.
De acuerdo con expertos consultados por EL TIEMPO, la inclusión de esta idea no resistiría el control de constitucionalidad, ya que la Corte lo tumbaría porque no fue debatido en los cuatro debates que la precedieron
Sin embargo, los ponentes del proyecto de reforma constitucional, que debe cumplir el quinto de ocho debates en la Comisión Primera de Senado desde hoy, la defienden
El tema tomó fuerza esta semana luego de que una sala de conjueces de la Judicatura decidiera que la competencia para juzgar fiscalmente a los magistrados de las altas cortes es de la Comisión de Acusación de la Cámara, y no de la Contraloría.
A raíz de esto, la contralora Sandra Morelli suspendió todas las investigaciones fiscales que llevaba contra diferentes aforados. Por eso, los ponentes de la reforma de la justicia desean que esto quede definido en la Constitución.
Darío Martínez, excongresista y constitucionalista, no dudó en manifestar que si el inciso prospera, la Corte Constitucional lo tumbaría porque se violaría la consecutividad.
Para el conservador Eduardo Enríquez, uno de los ponentes, desde el primer debate se habló de reformar el sistema de juzgamiento de aforados y de las funciones de los organismos de control.
La reforma de la justicia también le quita las facultades al Procurador para investigar a congresistas y establece que no se podrán instaurar denuncias contra servidores públicos, incluidos los legisladores, a través de anónimos.
En el artículo 24 de la iniciativa quedó establecido que entre las funciones del Procurador está la de "ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular excepto los congresistas".
Y para evitar que a los legisladores les abran investigaciones con anónimos, como se hace hoy día, se aclaró que estas acusaciones deben ser presentadas "personalmente por el denunciante".
'No estuve en sesiones de conjueces'
El magistrado Henry Villarraga negó influencias en caso de 'carrusel' de pensiones
El magistrado de la Judicatura Henry Villarraga aseguró el miércoles que es falsa la versión sobre que él y su colega Ovidio Claros estuvieron presentes en al menos dos sesiones de la sala de conjueces de ese tribunal, que determinó que las investigaciones fiscales contra magistrados son competencia de la Comisión de Acusación y no de la Contraloría. Según Villarraga, durante las seis sesiones estuvo fuera del Palacio de Justicia y negó haber propuesto a los conjueces que denunciaran a la contralora general, Sandra Morelli. "En las actas no hay una sola línea que diga que yo mencioné ese tema", dijo el magistrado. También anunció que enviará cartas de rectificación a los medios de comunicación que difundieron los rumores.
LE QUITARÁN FACULTADES AL PROCURADOR PARA INVESTIGAR CONGRESISTAS
Así lo establece la ponencia de la Reforma de la Justicia, que se radicó en este miércoles.
La ponencia de la reforma de la Justicia le quita las facultades al Procurador para investigar congresistas y aclara que el juez fiscal de los aforados es la Contraloría, tal y como lo anticipó EL TIEMPO.
En el artículo 24 de la iniciativa, que modifica 277 de la Constitución, establece que entre las funciones del Procurador está la de "ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular excepto los congresistas".
La razón de esta medida es que, según la reforma, la Corte Suprema de Justicia, en una sala nueva que se crea, investigará penal y disciplinariamente a todos los aforados, incluidos los magistrados de este tribunal.
Sobre la Procuraduría comenzaron a recaer críticas después de que sancionó a la exsenadora Piedad Córdoba con pérdida de investidura por 18 años, pero, afirmaron los críticos, con esto sobrepasó sus funciones y emitió una medida que debía ser adoptada por el Consejo de Estado.
De hecho, actualmente la Corte Constitucional evalúa una tutela que interpuso la defensa de la exsenadora contra ese fallo, alegando que el Procurador no tenía las atribuciones legales para sancionarla.
Para evitar que a los congresistas se les puedan abrir investigaciones con anónimos, como se puede hacer hoy en día, se aclaró que "la denuncia o la queja que se formule contra los servidores públicos (...) se presentará personalmente por el denunciante mediante escrito acompañado de las pruebas que obren en su poder o de la relación de las pruebas que deban practicarse y que respaldan la denuncia o queja".
Esta modificación se hace a través del artículo 25, que modifica el 284 de la Cara Política.
La ponencia también aclara que el juez fiscal de los aforados es la Contraloría, excepto del Presidente, el Vicepresidente y los magistrados de la Corte Constitucional que seguirán siendo investigados, penal, disciplinaria y fiscalmente por el Congreso.
En el artículo 22, que reforma el 257 de la Constitución, se incluyó un parágrafo que indica que "el control fiscal sobre los aforados constitucionales será ejercido por la Contraloría General de la República. Lo anterior no se aplicará al Presidente de la República o a quien haga sus veces, al Vicepresidente de la República y a los magistrados de la Corte Constitucional".
'Retenciones personales' hasta por 72 horas
Otra medida polémica que se incluye en esta ponencia, como lo anticipó EL TIEMPO, es que se le darán facultades a la Policía para que pueda realizar "retenciones personales" hasta por 72 horas, sin que exista orden judicial previa.
La ponencia se radicó en el Congreso en la tarde de este miércoles y se comenzará a discutir en quinto debate, en la Comisión Primera del Senado, a partir de este jueves.
INDÍGENAS PIDEN A OEA DECLARACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE SUS PUEBLOS
Ciento cincuenta líderes indígenas de todo el hemisferio hacen oír sus voces, hoy, en Cartagena.
El consejero mayor de la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), Luis Evelis Andrade, hizo este reclamo en un encuentro con el secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza, previo a la VI Cumbre de las Américas que se realizará en Cartagena de Indias este fin de semana
"Los pueblos indígenas no hemos olvidado que hay un compromiso por parte de la comunidad americana de avanzar en la Declaración Americana de los Derechos Indígenas. Eso no puede estar por debajo del estándar de las Naciones Unidas", sostuvo Andrade, del pueblo Embera colombiano.
Andrade hizo mención a los más de veinte años de lucha y diálogo empeñados por las organizaciones en la elaboración de la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y manifestó su esperanza en que de la cita hemisférica surjan avances "en esa dirección".
Asimismo, le sugirió a Insulza que llame a los Gobiernos de los miembros de la OEA a generar un "escenario de interlocución" y apeló al carácter "tan democrático" de esos países. Lea también: 'A Cuba se le abrió la puerta hace 2 años, pero no participó': Insulza)
Por su parte, el secretario del organismo interamericano lamentó "mucho" que este documento siga en discusión y recordó que los debates ya se desarrollaban cuando tomó posesión de su cargo en mayo de 2005.
Insulza resaltó la importancia de hablar con franqueza en el transcurso de la cumbre cartagenera porque consideró que "puede resolver muchos problemas".
El secretario consideró que en primer lugar es necesario un mayor liderazgo indígena y admitió que existen "obstáculos con ciertos países", por lo que es imperativo que las partes encuentren cauces más fluidos de diálogo.
Cambio climático, entre los temas
Socorro Ramírez, coordinadora de la Cumbre Social, añadió que los indígenas llegan con dos preocupaciones muy grandes. Una, es que si bien han logrado el reconocimiento de sus derechos en las constituciones, y que sus territorios sean reconocidos, eso no se ha traducido aún en que tengan mejores condiciones de vida.
El otro tema que les inquieta es que el desarrollo de los países del hemisferio no puede terminar sacrificando sus territorios, pues la extracción de recursos naturales y megaproyectos en las zonas donde están asentadas sus comunidades, amenaza con extinguirlos, mencionó Ramírez. (
Este miércoles también llegan a La Heroica 300 representantes de organizaciones sociales del hemisferio para participar, también dentro de la Cumbre Social, del Foro de la Sociedad Civil
Ramírez subrayó que en el foro habrá, primero, una síntesis de los debates que se realizaron previos al encuentro en Cartagena, y luego la discusión girará en torno a cómo mejorar la incidencia de la ciudadanía en los gobiernos, organismos multilaterales y políticas públicas.
Otro punto importante será explorar cómo la sociedad civil puede ejercer vigilancia, y crear iniciativas para ayudar a cumplir los mandatos de la Cumbre que acuerden los Gobiernos del hemisferio el fin de semana.
Ramírez destacó que los indígenas, los representantes de la sociedad civil, los jóvenes -que también empiezan hoy sus mesas de trabajo- y los representantes de los trabajadores -que se reúnen desde el viernes- realizaron 80 encuentros previos a la Cumbre de las Américas en 15 países.
Unas 12 mil personas estuvieron vinculadas a los debates, cuyas conclusiones serán presentadas el viernes a los cancilleres, cuando culmine la Cumbre Social.
GOBIERNO PRESENTÓ A LOS CINCO JURISTAS QUE DEFENDERÁN AL ESTADO
Integrarán el Consejo Asesor de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado.
El Ministro de Justicia y del Derecho, Juan Carlos Esguerra y el Director de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, Fernando Carrillo, presentaron a los cinco abogados expertos que integrarán a partir de este miércoles el Consejo Asesor de esta entidad.
"Como se dice en el lenguaje popular masculino, nos hemos hecho cinco levantes absolutamente formidables para integrar el Consejo. Todos suficientemente reconocidos por el país por su experiencia, por las tareas, por las comisiones que han desempeñado, por la respetabilidad con la que cuentan. Qué mejor muestra de su amor por el servicio público, su amor por el derecho y su amor por la causa de la defensa de la justicia, que la labor con la cual están comprometidos", sostuvo Esguerra.
Los juristas son: Liliana Caballero, abogada de la Universidad Nacional, especializada en Derecho Penal y Criminología; Carlos Esteban Jaramillo, abogado de la Pontificia Universidad Javeriana, ex presidente de la Corte Suprema de Justicia y profesor titular de prestantes universidades y Hernán Fabio López Blanco, egresado de la Universidad Externado de Colombia, especialista en Derecho Penal, Profesor emérito de la Universidad Externado y Tratadista de Derecho procesal civil y de seguros.
También están en el selecto grupo Eurípides Cuevas, abogado de la Universidad Libre, con especialización en Derecho Constitucional de la Universidad de Salamanca y Derecho Procesal de la Universidad del Rosario, y miembro de la Academia Colombiana de Jurisprudencia; y Jorge Pinzón Sánchez, egresado de la Pontificia Universidad Javeriana, ex Superintendente de Sociedades y bancario. Este último, también Profesor universitario y autor de varias publicaciones.
El Ministro resaltó cuál es la naturaleza y funciones de este Consejo Asesor: "Debe dar líneas, pautas, asesoría, recomendaciones y opiniones acerca de cómo debe manejarse la defensa jurídica del Estado y la misma Agencia hará a su turno recomendaciones jurídicas a entidades del Estado. También la Agencia Jurídica va a ser de utilidad en aquellas ocasiones en las que la nación vaya a ser demandante en defensa de ciertas acciones e intereses del Estado".
"Con pesos pesados como los que están apareciendo en la Agencia vamos a tener una defensa sólida, consistente, de una manera vigorosa", dijo Fernando Carrillo, director de la Agencia. Y llamó la atención para que entidades públicas del orden nacional y territorial, se acerquen y pidan asesoría.
"Estoy completamente seguro que van a crecer mucho más las solicitudes de apoyo, de acompañamiento del Consejo, porque de eso se trata de ver cómo vamos a defender de la mejor manera los intereses del Estado desde luego sobre la base de reconocer las fallas evidentes que pueda haber habido de parte de una entidad del Estado, los casos en que se hayan apartado del cumplimiento de sus tareas y les hayan causado un daño a particulares y desde luego, ello tendrá que ser reconocido por el propio Estado, no es una defensa necia", dijo.
EL ESPECTADOR
CONSEJO DE ESTADO ORDENÓ RECOLECCIÓN DE PRUEBAS EN PROCESO CONTRA SANDRA MORELLI
La elección de la Contralora General fue demandada al considerar que no cumplía con los requisitos exigidos.
El Consejo de Estado ordenó la recolección de material probatorio en el desarrollo del proceso que se adelanta por la demanda interpuesta en contra de la elección de la contralora General, Sandra Morelli.
El magistrado Alberto Yepes, de la Sección Quinta del alto tribunal, ordenó por medio de un auto de cuatro páginas la recolección de documentos y testimonios con el fin de realizar en los próximos días la ponencia y determinar si se acoge o no la petición de revocar la elección de la contralora general por que al parecer no cumple con los requisitos de experiencia exigidos para dicho cargo.
Con esto, se inicia formalmente el proceso para determinar si se anula o no la elección de Sandra Morelli Rico como contralora General.
El pasado dos de marzo, en el marco de este proceso, la Procuraduría General envió un concepto al alto tribunal se solicitó desestimar los argumentos presentados en la demanda que busca la nulidad de la elección de la contralora General.
El Ministerio Público señaló que no existe una motivación ni argumentos claros y precisos para sostener que se presentaron irregularidades durante la elección de Morelli en el ente de control fiscal.
Para la Procuraduría Ministerio Público, ninguno de los puntos presentados por el accionante, en los que argumenta que Morelli Rico no cumplió con la cantidad de tiempo exigida por la ley en experiencia laboral para ser Contralora General, por lo que para la Procuraduría asegura que “no se presentan vicios de nulidad” en el acto administrativo que la eligió.
El concepto fue emitido por el procurador Séptimo Delegado ante el Contencioso Administrativo, Francisco Suárez, se aclara que Sandra Morelli laboró por más de 10 años en la Federación Nacional de Cafeteros, hecho que constituye y abarca la experiencia solicitada por la ley de cinco años en la función pública.
“Es viable computar, para efectos de acreditar el requisito previsto en el artículo 59 de la Ley 42 de 1993, el ejercicio del arbitraje como función pública y como quiera que de conformidad con las pruebas arrimadas al plenario la doctora Sandra Morelli Rico se desempeñó como árbitro de la Cámara de Comercio de Bogotá por espacio superior a cinco años”, se aclara en el escrito del Ministerio Público.
Igualmente, para la Procuraduría General no se presentaron irregularidades, como lo señala el demandante, en el hecho de que el Congreso de la República no utilizara la votación secreta como mecanismo para elegir a la Contralora.
“En la elección del contralor General de la República, a partir de la reforma introducida a la Constitución Política de 1991 por los actos legislativos 1 de 2003 y 1 de 2009. El voto secreto no tiene cabida, como sí la tiene el público y nominal, de acuerdo a la Ley de bancadas”, continúa el documento allegado a la Sección Quinta del Consejo de Estado.
Por último, en el concepto del Ministerio Público aclaró que pese a que si le existe razón a la demanda en el punto sobre el hecho de que el presidente del Congreso no convocara de manera personal y por escrito, con ocho días de anticipación, a Sandra Morelli, esto no constituye “una irregularidad sustancial” para declarar una nulidad en su elección.
PETICIONES PENSIONALES
El presidente de Asofondos, Santiago Montenegro, insiste en que los fondos deben participar en construir infraestructura.
Santiago Montenegro Trujillo, presidente de Asofondos, insiste en que el gremio no busca que se acabe el régimen público de pensiones. / Archivo
Aunque todavía no se conoce ningún borrador de la reforma pensional que el Gobierno busca presentar el segundo semestre de este año, la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías (Asofondos) alista una serie de peticiones al Gobierno, de cara a la sexta edición del congreso que celebrará dicho gremio en Cartagena, los próximos 26 y 27 de abril.
Santiago Montenegro Trujillo, presidente de Asofondos, le contó a El Espectador que abrirles campo a los fondos privados para la inversión en infraestructura, y blindar a Colpensiones de la política serán temas claves en el futuro de las pensiones.
¿Cómo les ha ido a los fondos durante este año?
El año pasado acabaron perdiendo $29.000 millones y al cierre de febrero iban ganando $4,4 billones.
De cara a la reforma pensional, ¿qué le pedirán al Gobierno?
Hay que decirle que es necesario aumentar la cobertura pensional, en medio de una alta informalidad. Si esto sigue así, pocos colombianos van a tener una pensión. Por ahora eso no funciona. También vamos a insistir en el tema de la equidad. El régimen público de pensiones no queremos eliminarlo. Este tiene que estar orientado fundamentalmente a los pobres y no debe subsidiar a los ricos, lo cual es vergonzoso. Igualmente es importante crear el pilar solidario.
Otro punto es la sostenibilidad. Hay que hacer sostenible al sistema con más cobertura, porque está costando más de 4 puntos del PIB del déficit y ya cuenta con una deuda pensional del 150% del PIB, y que seguramente está creciendo. En Chile es sólo del 6% del PIB.
¿Cómo quedarán las cosas con la nueva Colpensiones?
Estamos esperanzados en ella, aunque su presidente ha dicho que esta entidad tiene 80.000 procesos judiciales en contra y 15.000 demandas administrativas. Lo más grave no es sólo eso. Este sector es intensivo en información y allá no hay un sistema de historias laborales consolidado.
Colpensiones no puede ser presa del ciclo político porque allá se maneja demasiada plata del Estado. Eso hay que blindarlo con recursos, con gente bien remunerada y aislada de la política. Debe ser algo como el Banco de la República. El actual presidente de Colpensiones ha dicho que todos los altos cargos son nombramientos políticos.
Adicional a esto, esperaremos la propuesta del Gobierno en cuanto a edad de jubilación, y apoyamos el pilar solidario.
¿Cuáles son las grandes temáticas que se van a manejar en el congreso del gremio?
Este año tenemos grandes temas: el primero, la infraestructura. Una de las cosas que siempre hemos querido hacer, y que es nuestra vocación, es invertir en ese sector; pero no se ha podido. ¿Por qué queremos invertir allí? Son inversiones a largo plazo, como los ahorros de los trabajadores.
Los proyectos bien estructurados están cubiertos del riesgo contra la inflación y son políticamente provechosos, porque la gente ve lo que está pasando con los recursos. Por ejemplo, en Chile el país se está llenando de autopistas que están financiando los fondos.
¿Qué se necesita para poner en marcha todo esto?
Se entiende que la infraestructura es un problema de estructuración financiera. ¿Por qué es de financiamiento? El Gobierno no tiene la plata para hacer las obras; es así de simple. Si dependemos de éste nos demoramos cien años. Hay que vincular al sector privado y a los inversionistas institucionales, como aseguradoras, fondos de pensiones y fiduciarias.
Cuando a ellos se les vincula hay que darles tranquilidad y asegurarles que van a tener rentabilidad. Que las instituciones no estén sujetas a vaivenes políticos y hacer de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) algo como el Banco de la República. Se puede tener un excelente gerente de esa entidad, pero si eso cae en manos de quién sabe quién, acaban con todo y la plata de los fondos se puede perder.
En países como Chile no se dan anticipos para las obras desde hace 20 años; la plata se pone después de cumplido un hito. Otro punto son los estudios; hay que hacerlos y en eso insiste la ANI. También, hay que atraer inversionistas extranjeros y perderle el miedo.
PESCADORES DENUNCIAN DAÑO ECOLÓGICO EN DIBULLA
Una draga del Puerto Brisa, en la bahía de Dibulla en La Guajira, que trabaja en la ampliación del canal de acceso para el futuro puerto minero, estaría ocasionando un grave daño ecológico en la fauna marina de la región, según denunciaron los pescadores artesanales que de ella viven.
Diez delfines, una tortuga, meros, bagres y un marlin han muerto desde que entró a operar la draga en diciembre pasado, sostuvieron los representantes de las 16 asociaciones de pesca artesanal del municipio de Dibulla.
Además, informaron que hicieron una misión de inmersión con buzos profesionales y biólogos el pasado sábado 7 de abril, en la cual comprobaron daños en zonas coralinas del área. La propia comprobación de la presencia de corales los llevó a rechazar el estudio de impacto ambiental que sirvió para otorgar la licencia, el cual sostiene que “la zona se caracteriza por la ausencia de formaciones coralinas”.
Los pescadores radicarán en los próximos días una petición ante la Corte Constitucional para que se suspenda el dragado, argumentando que la empresa no ha cumplido con sus compromisos ni ha cumplido con las consultas a la comunidad. De hecho, aseguran que la draga comenzó a operar sin su consentimiento y apenas tres semanas después los citaron a una reunión para anunciarles que no podrían pescar en la zona durante cuatro meses.
Aunque la construcción de Puerto Brisa había sido suspendida por parte del Ministerio del Medio Ambiente, hoy tiene vigente su licencia ambiental y se encuentra en pleno desarrollo.
CONGRESISTAS QUIEREN IMPEDIR QUE PROCURADOR LOS INVESTIGUE Y SANCIONE
En la ponencia de la reforma a la justicia incluyen artículo que impide al Ministerio Público ejercer "vigilancia superior".
Los ponentes de la reforma a la justicia presentaron este miércoles el articulado del proyecto que estará en discusión este jueves en la comisión primera del Senado en quinto de ocho debates.
De la iniciativa sorprende que los legisladores quieran limitar las funciones del Procurador General de la Nación, en cuanto a la investigación de los mismos congresistas.
El artículo 277 del acto legislativo establece que el jefe del Ministerio Público podrá “ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular excepto los congresistas, de los miembros de la Sala de Gobierno del Consejo Superior de la Judicatura cuando la Constitución y la ley no asignen dicha competencia a otra autoridad; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley”.
Causa impresión la idea que nació en el Capitolio Nacional pues el actual procurador, Alejandro Ordoñez Maldonado, ha sancionado a 18 legisladores por distintas causas disciplinarias.
La lista de congresistas sancionados por el procurador es: Amparo Arbeláez, Germán Olano Becerra, Iván Moreno Rojas, Piedad Córdoba Ruíz, Alirio Villamizar, Dieb Maloof Cuse, Luis Alberto Gil, Álvaro García, Luis Eduardo Vives Lacouture, Jorge Luis Caballero Caballero, Salomón de Jesús Saade Nader, José Rosario Gamarra Sierra, Alfonso Campo Escobar, Rocío Arias, Eleonora Pineda, Miguel Alfonso de la Espriella, Manuel Julián Mazeneth y Jensy Acosta.
Otro blindaje que buscan los congresistas
De otro lado, también causa sorpresa que los legisladores busquen que las denuncias que sean presentadas en su contra no puedan ser radicadas a través de anónimos.
Aunque gran parte del escándalo de la parapolítica se destapó por las denuncias secretas de varios espontáneos, los ponentes de la reformas han propendido porque “la denuncia o la queja que se formule contra los servidores públicos y contra los Congresistas, por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, por indignidad, por mala conducta o por delitos comunes, se presentará personalmente por el denunciante mediante escrito acompañado de las pruebas que obren en su poder o de la relación de las pruebas que deban practicarse y que respaldan la denuncia o queja”.
REFORMA A JUSTICIA INCLUYE 'REVOLCÓN' AL CONSEJO SUPERIOR DE JUDICATURA
La sala administrativa estaría integrada por administradores y no por juristas. Sin embargo, se mantendría la estructura de la sala disciplinaria.
El Congreso de la República alista un completo ‘revolcón’ al Consejo Superior de la Judicatura en la reforma a la justicia que reiniciará su trámite esta semana.
Se conoció que en la ponencia que será radicada a las 3 de la tarde de este miércoles, se establece que la principal reestructuración a las Cortes se dará en dicho Consejo.
El presidente del Partido Conservador, senador Efraín Cepeda Sarabia, explicó que la iniciativa propende por preservar una sala administrativa, no de magistrados sino de administradores.
“Esa realmente es una sala que se sienta a ver cómo se construye un edificio o como se dota a la justicia y no se requieren magistrados para una sala administrativa”, sostuvo. La idea es “conservar una estructura más pequeña”.
De otro lado, Cepeda indicó que la sala disciplinaria del Consejo se quiere conservar, según la ponencia que han elaborado por varias semanas los senadores ponentes. Las funciones disciplinarias se mantienen con total independencia de esa sala para disciplinar jueces y abogados.
La ponencia será radicada este miércoles a las 3 de la tarde en la comisión primera del Senado donde iniciará el estudio este jueves.
CONSEJO DE ESTADO CRITICÓ EL SISTEMA DE CONJUECES DEL PAÍS
El magistrado Gustavo Gómez asegura que muchos convierten actividades netamente administrativas en judiciales.
Nombran investigadores para indagar carrusel de pensiones de la justicia
Sin mencionar el fallo de los conjueces del Consejo Superior de la Judicatura que dejó a la Contraloría sin 'armas' para investigar el carrusel de pensiones de la justicia, el presidente del Consejo de Estado, Gustavo Gómez, criticó ese sistema en el país.
Según él, "no nos dejan de preocupar" que se conviertan actividades netamente administrativas en judiciales. "No es lógico y no lo entendemos como ciudadanos y mucho menos como servidores de la justicia", sostuvo.
"Siempre hemos promulgado porque lo que es disciplinario sea administrativo y no judicial", remarcó el magistrado al ser consultado por los periodistas, al concluir una reunión con el Partido Conservador.
Sin embargo, prefirió no advertir una posible extralimitación de las funciones de los conjueces que nombró el Consejo Superior de la Judicatura pues actualmente ese caso es materia de estudio por parte del mismo Consejo de Estado.
Finalmente, Gómez dijo que en muchos casos el sistema de conjueces genera "distorsiones" que preocupan a la sociedad y a la misma rama judicial.
¿Qué pasó con los conjueces de la Judicatura?
Esta semana, el conjuez del Consejo Superior de la Judicatura, Isnardo Gómez manifestó que la Contraloría General, Departamental, Municipal o Distrital solamente puede investigar a aquellos funcionarios que ejerzan una gestión fiscal, en la que se tenga una disponibilidad jurídica del gasto o del presupuesto.
En este sentido, aclaró que en el caso de la contralora General, Sandra Morelli, ella puede realizar este tipo de investigaciones sin ningún problema u objeción, sin embargo no puede adelantar procesos contra aforados constitucionales como son el caso del presidente de la República, el fiscal General o los magistrados de las altas cortes (Suprema, Constitucional, Consejo de Estado y Judicatura).
Ante esto, se aclara que en el llamado proceso del carrusel de las pensiones de los magistrados, Sandra Morelli no podía ejercer ninguna función investigativa puesto que la Constitución Política de 1991 establece un fuero para los togados, quienes solamente pueden ser investigados por la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes.
“El fallo no le ordena a la contralora que frenara las investigaciones y devolviera los expedientes de los ministros, gobernadores, alcaldes y demás investigados. Solamente le pidió que tomará una acción en el caso de los magistrados”, precisó el conjuez.
NOMBRAN INVESTIGADORES PARA INDAGAR CARRUSEL DE PENSIONES DE LA JUSTICIA
Este miércoles se abrió el proceso fiscal que hasta el lunes venía llevando la Contraloría.
La comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes abrió este miércoles formalmente el proceso fiscal por el carrusel de pensiones en la rama judicial.
Esa comisión procedió a nombrar los investigación dentro del proceso preliminar que asumió la corporación, luego de que la Contraloría dejara el caso pues una sala de conjueces del Consejo Superior de la Judicatura así lo anunciara.
El presidente de la comisión, Germán Blanco Álvarez, dijo que él y el liberal Orlando Velandia, son los dos primeros legisladores que conforman el triunvirato investigador.
Vale la pena recordar que actualmente la misma comisión lleva un proceso disciplinario por el mismo carrusel de pensiones que, al parecer, se gestó en el mismo Consejo Superior de la Judicatura.
PERIODO DEL FISCAL DEBE SER PERSONAL Y NO INSTITUCIONAL": DEMANDANTE
Asegura que la ley es clara para afirmar que Eduardo Montealgre debe estar en el cargo cuatro años.
El abogado Germán Calderón manifestó que su tutela para definir el periodo del fiscal General, Eduardo Montealegre cumple con todos los requisitos legales y constitucionales para que el Consejo de Estado determine su gestión al frente del ente investigador por cuatro años (periodo personal).
El jurista precisó que no tiene ningún interés personal, ni profesional, ni político, ni económico con Montealegre, y que solamente hizo efectivo el derecho que tiene cada ciudadano de presentar una tutela ante un hecho que no comparta jurídicamente.
“Mi ejercicio es una académico, no tengo intereses. Mi trabajo siempre ha estado circunscrito al interés general para que los altos tribunales se pronuncien sobre ciertos temas”, dijo.
En este sentido el abogado señaló que el Consejo de Estado debe tener en cuenta que cuando se habla de cargos de elección para un periodo personal se refieren a los que son de elección popular, por lo que esto no puede cobijar al fiscal General.
“Estoy pidiendo al Consejo de Estado que declare que la elección del fiscal tiene un periodo de cuatro años porque en mi concepto es personal y no institucional y así mismo, en el evento que no lo haga, le ordene a la Corte Suprema de Justicia, que es la nominadora, que haga lo pertinente”, precisó.
La demanda aún no ha sido aceptada y la consejera de la sección quinta del Consejo Estado, Susana Buitrago, será la encargada del tema.
LOS PROBLEMAS DE LA 'LEY LLERAS 2.0'
Desde hace un tiempo, en este espacio hemos alertado del perjudicial unanimismo en el que podría caer el Congreso al conformar una coalición de los muchos partidos que constituyen una mesa de unidad nacional, partidaria de los proyectos de ley que el gobierno de Santos presente.
Claro, en su momento también la aplaudimos como un avance en términos de gobernabilidad. Y no habría contradicción, si se cumpliera una de las misiones del Congreso, la cual también se ha reiterado en varias ocasiones: “ser un foro democrático y de discusión por excelencia”.
Al margen de los problemas que el Congreso tiene en términos de legitimidad frente a la ciudadanía, asusta —por decir lo menos— la rapidez con la que se aprobó el pasado martes el proyecto de ley 201 de 2012, por medio del cual se implementan los compromisos adquiridos por Colombia en temas de propiedad intelectual y derechos de autor, en virtud del TLC aprobado con Estados Unidos, y que la ciudadanía crítica ha bautizado como la “Ley Lleras 2.0”. Todo con el objetivo de que estuviese aprobado para la visita del presidente Obama en la Cumbre de las Américas, que se celebrará este fin de semana.
Si el proyecto se hubiera discutido con más tiempo y no tuviera algunos problemas, que se han destacado por estos días, la actitud del Congreso no sería reprochable. Pero hoy lo es. Aprobar a las volandas una ley con tantos problemas, no sólo de técnica legislativa sino también de fundamentos, es un error.
En primera medida están los problemas de técnica legislativa: las prohibiciones que establece la ley son muy amplias, cuando se sabe que para legislar sobre éstas su tenor debe estar escrito en unos términos que no dejen al intérprete ningún margen de ambigüedad. El ejemplo es ridículo, una caricatura si se quiere, pero muchos ciudadanos han expresado vía Twitter que si reproducen un mensaje de otro los podrían meter a la cárcel. Como toda caricatura, sin embargo, hay una verdad ineludible: los límites de esta regulación son muy difusos. No se sabe muy bien su alcance en el complejo y casi infinito mundo de internet.
En el mismo tema se encuadra el asunto de las excepciones al régimen de derechos de autor, que no quedan reguladas con especificidad: el préstamo público, el uso incidental, la parodia, la excepción de minusvalía, como bien lo mencionó en Razón Pública Juan Francisco Ortega, experto en el tema.
El segundo asunto importante, que esta ley deja de lado, es el de la filosofía misma que debe inspirar la regulación de los contenidos digitales. No creemos (ni tampoco los críticos más curtidos en el tema) que deba haber una circulación totalmente libre de contenidos, como rueda suelta, irrespetando los derechos de autor: pero sí una que entienda la distinción entre la propiedad del mundo tangible y la que se ejerce sobre contenidos digitales. Resulta contradictorio, en ese sentido, que a la par que el Gobierno desarrolla programas agresivos para ampliar la cobertura de internet a todo el territorio nacional, se apruebe una la legislación que recorta las posibilidades de un mejor uso de sus contenidos. Sube los años de protección a las obras especiales, mete a la cárcel a la gente, no regula claramente la retransmisión de televisión, emisoras o películas, en fin.
No nos oponemos, repetimos, a que se regule el tema de derechos de autor, que es importante y tiene un elemento de justicia envuelto. Pero las modalidades que surgen en el mundo (como Creative Commons, por ejemplo) han demostrado que el flujo medianamente regulado de contenidos digitales brinda a muchos grupos de personas la posibilidad de crear a partir del conocimiento de otro. De universalizar y democratizar el conocimiento. Pero lo peor es que un tema tan trascendental se haya tramitado a las carreras.
NEGACIONISMO
Por: Rodolfo Arango
Hay en el ser humano una tendencia a negar la existencia de conductas atroces y censurables, más cuando de alguna manera se está involucrado en ellas.
Se trata de un mecanismo psicológico para evitar la vergüenza y la culpa por los daños causados a otros, en especial a inocentes. Negacionista fue parte del pueblo alemán, renuente a aceptar la ocurrencia del exterminio judío, como también lo fueron aquellos intelectuales que calificaron las cámaras de gas como un simple accidente histórico. Mientras la primera actitud se explica por el deseo de evitar la vergüenza por la inacción propia, la segunda busca intencionalmente tergiversar la historia para evadir las responsabilidades derivadas de la participación en los hechos.
El negacionismo es actual en Colombia. Promete hacer carrera en la sociedad y en las instituciones encargadas de administrar justicia. El exfiscal Osorio es llamado a responder ante la Comisión de Absoluciones de la Cámara de Representantes por la penetración del paramilitarismo en el principal organismo de investigación criminal durante su administración. Por su parte, las escandalosas revelaciones de Raúl Emilio Hazbún, alias Pedro Bonito, sobre la financiación a los grupos paramilitares por parte de hacendados, empresarios e industriales, son devaluadas a mero instrumento de “venganza criminal” en lugar de contribuir probatoriamente al análisis honesto de las responsabilidades de los actores involucrados en la violación masiva y sistemática de derechos humanos en el país.
¿Cómo desconocer que muchos jefes paramilitares eran a su vez finqueros en las zonas de masacres? ¿Cómo negar los vínculos de empresarios con paras y militares involucrados en las actividades ilegales? La condena a Chiquita Brands en Estados Unidos es un campanazo de alerta. Cierto es que la actuación criminal de los llamados ‘grupos de autodefensa’ se desplegó bajo la mampara jurídica de las Convivir, pese a las evidencias de abusos y desmanes en muchas zonas del país. No obstante, familias de hacendados o parte de ellas prefirieron abandonar sus tierras antes de unirse a la campaña de limpieza social promovida por los amigos de la violencia como forma de combatir la violencia. Por eso suena tan insólita y contradictoria la tesis de la “coacción insuperable” a la que presuntamente fueron sometidos los financiadores del paramilitarismo. Sería triste que en la justicia, a la hora de establecer responsabilidades que permitan llegar a una paz verdadera, hiciera carrera la cuestionable tesis de la justificación de la legítima defensa colectiva y preventiva, manera de negar de plano la posible responsabilidad de los financiadores y autores intelectuales de tanto sufrimiento.
No habrá en Colombia ninguna posibilidad de avanzar seriamente hacia la paz si no se establece en forma cuidadosa, diferenciada, detallada y honesta la multiplicidad de responsabilidades jurídicas —penales, disciplinarias, patrimoniales—, morales y políticas de todos los involucrados en los delitos cometidos por todos los grupos en conflicto. Tender un manto de olvido o jugar a clausurar truculentamente las investigaciones sólo ahondará las heridas y diferirá la solución del conflicto. Si los colombianos no están en capacidad de valorar y juzgar imparcialmente los hechos que nos laceran, serán los tribunales internacionales los llamados, como las Erinias, a restablecer la justicia. Si lo último llegara a suceder, ciertamente serían más los funcionarios llamados a responder por sus acciones y omisiones, así como mayores las condenas patrimoniales a cancelar justamente a las víctimas.
REVISTA SEMANA
REFORMA A LA JUSTICIA PIDE AUMENTO DEL PRESUPUESTO PARA LA RAMA JUDICIAL
El senador Eduardo Enriquez Maya es uno de los que presentó la ponencia.
El nuevo texto a debatir tiene varios cambios claves. Señala el aumento del presupuesto para la justicia, aclara a quiénes podrá investigar fiscalmente la Contraloría y le quita la potestad al Procurador para investigar a los congresistas.
La discusión por el aumento al presupuesto para la justicia que tienen el Gobierno y las altas cortes, parece zanjarse en la ponencia entregada por los senadores de la Comisión Primera quienes establecieron un porcentaje legal del 3%.
La rama judicial, que se marginó del debate ante la negativa -entre otras razones- de que se aumentara el rubro, ha propuesto que se garantice un 5% del presupuesto nacional y que este excluya la partida destinada para el funcionamiento de la Fiscalía. La propuesta la hizo hace unos meses el expresidente del Consejo de Estado, Mauricio Fajardo.
Pero el asunto no ha sido fácil y ha tenido el rechazo del Gobierno. A finales de marzo el ministro de Hacienda, Juan Carlos Echeverri, le pidió a los congresistas no establecer con rango constitucional el presupuesto de la justicia. La ponencia contradice esa solicitud.
El texto solicita que se modifique el artículo 228 de la Constitución. En el parágrafo primero de este artículo se señala que el presupuesto de la Rama Judicial tendrá un incremento adicional del 3%.
"Con el fin de garantizar su autonomía, a partir de la entrada en vigencia del
presente Acto Legislativo, el presupuesto de la Rama Judicial crecerá en un porcentaje
igual al de la tasa de inflación esperado, más un incremento adicional del 3%".
Con este cambio en el Congreso se espera que las altas cortes regresen al debate.
Otros cambios
Pero la reforma tiene otros cambios sustanciales ya que contempla modificar el artículo 277 de la Constitución en el cual se establecen las funciones del jefe del ministerio público. Una de ellas es quitarle al Procurador la facultad de investigar a los congresistas. En el artículo 22 de la ponencia se asegura que el procurador general tiene como función, "ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular excepto los congresistas".
Bien conocidos son los casos en los cuales la Procuraduría investigó y entregó sentencia contra legisladores. Entre ellos están la sanción e inhabilidad contra la hoy exsenadora Piedad Córdoba y el también exsenador Iván Moreno Rojas.
Pero la cambios no quedan allí. En el artículo propuesto se define a qué altos funcionarios del Estado y magistrados podrá investigar fiscalmente la Contraloría General de la República.
"En este artículo se deja claro que el control fiscal por parte de la Contraloría General de la República se ejercerá sobre los aforados constitucionales exceptuando al presidente de la República o quien haga sus veces, al vicepresidente y a los magistrados de la Corte Constitucional", se lee en la ponencia.
Esto quiere decir que de ser aprobado el articulado tal como está, en adelante la Contraloría podría investigar a los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura y del Consejo de Estado. Lo que va en contravía del fallo de la sala de conjueces que determinó que a los magistrados los investiga fiscalmente la Comisión de Acusaciones de la Cámara.
La pérdida de la investidura no será la única sanción aplicable a un congresista pues el juez podrá recurrir también a la suspensión. Esta no podrá ser mayor a seis meses según se establece en la ponencia presentada.
Finalmente, el texto propuesto regula el periodo de los magistrados de las altas cortes el cual se dejará en ocho años. "Se considera que doce años resulta excesivo y puede conllevar a un anquilosamiento de la jurisprudencia", se asegura en la ponencia.
EL NUEVO SIGLO
NUEVO COMPENDIO DE DERECHOS DEL CONSUMIDOR
Los ciudadanos comenzarán a gozar de los beneficios de la ley 1480 de 2011 que actualiza sus relaciones con proveedores y productores de bienes y servicios. El siguiente ABC es un extracto del elaborado por la Superintendencia de Industria y Comercio.
1. Derechos
A elegir libremente los bienes y servicios que requiera.
A reclamar directamente ante el productor y/o, proveedor por las fallas de funcionamiento que presente un producto.
A que los productos no le causen ningún daño al consumidor en su salud o seguridad, en condiciones normales de uso.
A obtener información sobre los riesgos que puedan derivarse de la utilización y consumo de los productos que se ofrecen en el mercado.
A organizarse y asociarse para proteger sus derechos e intereses.
2. Calidad
Un producto es de calidad cuando cumple con las características que le son propias y con la publicidad e información que se suministra sobre aquél.
La idoneidad de un producto es la aptitud que éste tiene para satisfacer la necesidad o necesidades para las cuales ha sido producido o comercializado.
3. Garantía
La garantía legal es la obligación a cargo de todo productor y proveedor de responder por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los productos.
La garantía legal empieza a correr a partir de que le entreguen el producto objeto de la garantía.
De no indicarse el término de garantía, éste será de un año para productos nuevos, y que tratándose de productos perecederos, será el de la fecha de vencimiento o expiración.
Los productos usados en los que expiró el término de la garantía legal podrán ser vendidos sin garantía, siempre que dicha circunstancia sea informada y aceptada por escrito por el consumidor.
Los productos usados tienen garantía de 3 meses, salvo que se informe expresamente que no tienen garantía o que tienen una garantía diferente.
Los bienes inmuebles tienen garantía y ésta comprende la estabilidad de la obra por 10 años y para los acabados de 1 año.
El término de la garantía se suspende mientras el producto esté en reparación con ocasión de la efectividad de la garantía.
Si se produce el cambio total del producto por otro, el término de garantía empezará a correr nuevamente.
Si se cambia una o varias piezas o partes del bien, éstas tendrán garantía propia.
4. Información
El consumidor tiene derecho a obtener información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea respecto de los productos que se ofrezcan o se pongan en circulación en el mercado.
La publicidad engañosa es aquella cuyo mensaje no corresponde a la realidad o es insuficiente, de manera que induce o puede inducir a error, engaño o confusión.
Los proveedores y productores serán responsables de todo daño que sea consecuencia de la inadecuada o insuficiente información que suministren.
El productor debe informar sobre las instrucciones para el correcto uso o consumo, conservación e instalación del producto o utilización del servicio, en idioma castellano.
Tratándose de productos que sean nocivos para la salud, debe indicarse claramente su nocividad y las condiciones o indicaciones necesarias para su correcta utilización, así como las contraindicaciones del caso.
Cualquier condición que se imponga para acceder a las promociones y ofertas, deben ser informadas en la publicidad, por tanto los asteriscos y los “aplican condiciones y restricciones” no tienen ninguna validez, si no se informan adecuadamente.
Si no se indica la fecha de iniciación de la promoción u oferta, se entenderá que rige a partir del momento en que fue dada a conocer al público.
5. Indicación pública de precios
El proveedor está obligado a informar al consumidor, en pesos colombianos, el precio de venta al público de los productos, incluidos todos los impuestos y costos adicionales.
El consumidor únicamente estará obligado a pagar el precio anunciado.
En caso de que aparezcan 2 o más precios en un producto o cuando existan tachaduras o enmendaduras, el consumidor sólo estará obligado al pago del precio más bajo de los que aparezcan indicados.
6. Ventas a crédito
Los costos adicionales al precio, generados por estudio de crédito, seguros, transporte o cualquier otra erogación a cargo del consumidor, deberán ser informados adecuadamente, especificando el motivo y el valor de los mismos.
En todos los contratos para la venta de bienes y prestación de servicios mediante sistemas de financiación otorgada por el productor o proveedor, venta de tiempos compartidos o ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia, que por su naturaleza no deban consumirse o no hayan comenzado a ejecutarse antes de 5 días, se entiende pactado el derecho de retracto.
El término máximo para ejercer el derecho de retracto es de 5 días hábiles contados a partir de la entrega del bien o de la celebración del contrato para los casos de prestación de servicios.
En el evento en que haga uso de la facultad de retracto, se resolverá el contrato y el proveedor le deberá reintegrar el dinero que pagó en un plazo no superior a 30 días calendario, sin que proceda a realizar descuentos o retenciones por ningún concepto.
Si el consumidor hace uso de la facultad de retracto el único costo que debe asumir es el del transporte para hacer la devolución del bien al proveedor.
7. Comercio electrónico
Los proveedores ubicados en el territorio nacional que ofrezcan sus productos por medios electrónicos, deben informar su nombre o razón social, número de identificación tributaria, dirección de notificación judicial, teléfono, correo electrónico y datos de contacto, en la página web o en el medio electrónico por donde ofrezca sus productos, con el fin de que el consumidor pueda verificar su existencia.
Los proveedores ubicados en el territorio nacional que utilicen medios electrónicos para ofrecer productos deben indicar el plazo de validez de la oferta y la disponibilidad del producto.
Los proveedores ubicados en el territorio nacional que utilicen medios electrónicos para ofrecer productos deben informar el precio total del producto incluyendo todos los impuestos, costos y gastos que deba pagar el consumidor para adquirirlo.
Está prohibida cualquier disposición contractual en la que se presuma la voluntad del consumidor o que su silencio se considere como consentimiento, cuando de esta se deriven erogaciones u obligaciones a su cargo.
8. Prestación de servicios
Los servicios que suponen la entrega un bien para su reparación, tienen garantía de 3 meses, salvo que expresamente se informe que se prestan sin garantía o con una garantía diferente, casos en los cuales debe ser aceptado por escrito por el consumidor.
Si el consumidor contrata servicios de lavandería, reparación o parqueadero y el bien sufre daños, deterioro o pérdida, puede reclamar el valor del daño causado como garantía.
La única forma para que la prestación de un servicio que supone la entrega de un bien para su reparación pueda ser prestado sin garantía, es que se lo hayan informado y usted acepte por escrito.
Al utilizar los servicios de un parqueadero, al consumidor le deberán entregar un recibo en el cual se mencione la fecha y hora de la recepción del vehículo, su identificación, el estado en que se encuentra y el valor del servicio.
Quien presta los servicios de lavandería, parqueadero u otros servicios que suponen la entrega de un bien, asume la custodia del bien recibido, así como la de los elementos que lo componen y la de sus equipos anexos o complementarios, si los tuviere.
9. Contratos de adhesión
Un contrato de adhesión es aquel en el que las cláusulas son establecidas por el productor o proveedor, de manera que el consumidor no puede modificarlas, ni puede hacer otra cosa que aceptarlas o rechazarlas.
Cuando en los contratos de seguros la compañía aseguradora modifique el valor asegurado contractualmente, de manera unilateral, tendrá que notificar al asegurado y proceder al reajuste de la prima, dentro de los 30 días siguientes.
Están prohibidas las cláusulas de permanencia mínima cuando no son para compensar un subsidio o una ventaja significativa entregada al consumidor en la negociación.
Se puede dar por terminado cualquier contrato de tracto sucesivo, así tenga pactada cláusula de renovación automática, en cualquier momento, sin que lo puedan sancionar o imponer pagos adicionales a las cuotas vencidas.
Están prohibidas las cláusulas contractuales que limiten la responsabilidad del productor o proveedor de las obligaciones que por ley les corresponden.
Están prohibidas las cláusulas contractuales que impliquen renuncia de los derechos del consumidor que por ley les corresponden.
Están prohibidas las cláusulas contractuales que inviertan la carga de la prueba en perjuicio del consumidor.
10. Métodos No Tradicionales de Ventas
Las ventas a distancia son aquellas que se realizan sin que el consumidor tenga contacto directo con el producto que adquiere, y que se dan generalmente por medios tales como correo, teléfono, catálogo o vía comercio electrónico.
En todos los contratos de venta en los que se utilizan métodos no tradicionales o a distancia (televentas, internet o venta por catálogos), es posible ejercer el derecho de retracto dentro de los 5 días hábiles siguientes a la entrega del bien.
En todos los contratos de venta de tiempos compartidos es posible ejercer el derecho de retracto dentro de los 5 días hábiles siguientes a la celebración del contrato.
DENUNCIAN DAÑO ECOLÓGICO EN DIBULLA
Pescadores de la zona radicarán una petición en la Corte Constitucional para que sean suspendidas las acciones de dragado.
La draga funciona en el Puerto Brisa de la bahía de Dibulla, en La Guajira, y tiene como fin la ampliación del canal por el que se accederá al futuro puerto minero de la región.
Pescadores artesanales que trabajan en el sector denunciaron que los trabajos de draga están causando un grave daño ecológico a la región, específicamente a su fauna marina, de la que viven.
Una tortuga, meros, bagres, un marlín y diez delfines han muerto hasta el momento desde que la draga entró en funcionamiento, según lo afirmaron los representantes de las asociaciones de pesca artesanal del municipio del norte del país.
NO ME GUSTA ENTREGAR PARTE DE LA JUSTICIA A PARTICULARES: CORZO
En desacuerdo con la parte de la Reforma a la Justicia que busca solucionar la congestión entregándole algunas funciones y facultades a personal ajeno a la Rama, como por ejemplo notarios, se declaró el presidente del Congreso, Juan Manuel Corzo, del Partido Conservador.
Aclarando que “debo mantener la imparcialidad en nuestras opiniones”, el congresista nortesantandereano se dejó “picar la lengua” por este Diario.
EL NUEVO SIGLO: ¿Cómo ve usted la Reforma a la Justicia?
JUAN MANUEL CORZO: Creo que la Reforma a la Justicia tiene elementos valiosos; pero la gente esta esperando mucho más allá, pensando que la Reforma a la Justicia es toda la organización judicial.
La Reforma tiene que después desarrollarse en otras leyes para que pueda funcionar de acuerdo a lo que se está haciendo en el acto legislativo.
Estamos reformando es la Constitución y dejando unos parámetros importantes, que después debe regir en materia legal.
ENS: ¿Qué le gusta y que no le gusta de la ley?
JMC:A mí no me gusta la parte de la Justicia en el tema privado, en entidades privadas, como notarias particulares. Esa parte no la comparto.
Me parece que el tema del Consejo Superior de la judicatura es un tema que no se ha podido profundizar, que no se ha mirado a fondo las estadísticas.
Hay otros temas que me gustan e iremos al debate general.
Pero recuerde que yo soy el Presidente del Congreso y debo mantener la imparcialidad en nuestras opiniones.
ENS: ¿Frente al fuero militar?
JMC:Yo he mantenido mi posición y es que yo creo que el fuero militar es muy importante para Colombia, pero debe hacerse de la mejor forma y debe hacerse una reforma al fuero, dentro de una gran ley, que establezca procedimientos que están a tiempo, donde tenga todo lo que es un proceso judicial.
No podemos dejar en el limbo y de un momento a otro pasar de la justicia ordinaria a una Justicia Penal Militar que no esta instalada. Primero hay que instalar todo un organismo de Justicia para después hablar del fuero militar.
ENS: ¿Va a acatar lo que diga la bancada de su partido?
JMC:Desde luego. Acuérdese que yo debo cumplir más que nadie la ley en Colombia y la ley en el Congreso y nosotros tenemos una ley de bancadas. Yo me someto a lo que diga el Partido. No puedo dar opiniones personales.
ENS: ¿Cuál fue el balance de la plenaria para escuchar a las víctimas?
JMC:El balance es muy sencillo: es abrir el Congreso. El Congreso se abre al pueblo colombiano, a las víctimas de Colombia y, en general, le estamos abriendo las puertas aquellas personas que quieran conocer el Congreso.
Y el pasado lunes era una expresión muy especial. Era la expresión de quienes habían sido víctimas de un conflicto tan largo y tan duro en Colombia. Muchas víctimas hablaron en representación de los gremios, de las ONG, hubo personas que desde las tribunas alzaron la mano y quisieron alzar su voz. Hicieron poner la voz al público en general. Aquí le dimos la oportunidad a mucha gente para que lo hicieran.
Creo que el gran resumen es que el Congreso abrió las puertas a una gran realidad nacional.
ENS: ¿Asistieron todos los senadores?
JMC:Asistieron una gran mayoría, pero paulatinamente se fueron yendo. Algo que a mí no me gusto y desde luego, conmino, al Congreso; en el sentido de que no estoy de acuerdo que la gente se haya ido de manera paulatina y, desde luego, no haya mostrado el interés a los temas importantes como este.
ENS: ¿Se tiene sanciones?
JMC:La Ley Quinta no dice que el congresista deba estar permanentemente. El congresista puede llegar a hacer presencia, marcar su asistencia. Pero en ninguna parte nos habla que el congresista deba estar permanentemente en todo el debate, de tal manera que muchos estuvieron, algunos tendrían que hacer vueltas y otros tendrían que viajar.
Pero no estoy de acuerdo porque era un tema de gran interés nacional y el congreso debía estar de principio a fin con las víctimas de Colombia.
ENS: Para terminar: la persona que lo suceda en la presidencia, ¿qué labor debe cumplir?
JMC: Una labor de mucha responsabilidad, que entienda que somos legisladores y que dentro de ese papel es el que debemos estar. Que el tema administrativo sea de organización y que se continúe con las relaciones internacionales